El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) se apega a los tratados internacionales que tiene México con sus socios comerciales, entre ellos Estados Unidos y Canadá, esto tras la publicación del Reglamento de la Ley Federal de la Protección de la Propiedad Industrial.
“El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial; sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional y se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte”, señaló el IMPI.La tarde de este martes, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) y tras diversos cambios a la legislación de manera reciente, el IMPI hizo público el reglamento, el cual será aplicado e interpretado en sus disposiciones por el IMPI.Entre los puntos que destaca el reglamento, está que el IMPI puede celebrar acuerdos interinstitucionales en materia de marcas para facilitar el intercambio y aprovechamiento del trabajo de otras oficinas de propiedad industrial, y acuerdos de colaboración para facilitar la protección de signos cuya titularidad les corresponda.
En el caso de las invenciones o diseños, no se consideran nuevos los diseños industriales que reproduzcan o imiten escudos, banderas, emblemas, etcétera, sin autorización, señaló el IMPI.En el caso de marcas, avisos o nombres comerciales, si la marca contiene elementos del patrimonio cultural indígena o afromexicano, se debe acompañar la constancia de autorización de la asamblea general comunitaria para su uso y explotación comercial.A su vez, si se busca la importación de productos legítimos, se toma en consideración que los productos importados son legítimos si la introducción al comercio del país de origen la realiza el titular o licenciatario de la marca, y los titulares de la marca en México y el extranjero son la misma persona o miembros de un mismo grupo económico.Para las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, entre los apartados, el IMPI destacó que una denominación de origen protegida debe mantener el vínculo con la zona geográfica de origen, calidad, características o reputación de materias primas, procesos de producción y factores naturales/culturales.”El presente Decreto entrará en vigor a los sesenta días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, resaltó el IMPI.








